Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 18
18 / 48En vigor desde 13 ene 2021
1. Los órganos de la entidad gestora son, como mínimo, los siguientes:
a) La asamblea general.
b) La presidencia.
c) La secretaría.
d) La gerencia.
2. Facultativamente, la entidad gestora puede dotarse de una junta directiva, una vicepresidencia y una tesorería.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ct/l/2020/12/22/15#art-18