Título TÍTULO PRELIMINAR›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 2
2 / 113En vigor desde 8 jul 2018
Los preceptos de esta ley se aplicarán a las empresas turísticas y a sus establecimientos, a quienes presten servicios turísticos o afines, a las personas usuarias de servicios turísticos, a la sociedad receptora, a los recursos y actividades que integran el sector turístico y a las administraciones y entidades públicas que desarrollen su actividad en el ámbito del turismo. Todo ello en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana.
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Proeli/es-vc/l/2018/06/07/15#art-2