Art. 20
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO I

Art. 20

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En vigor desde 3 dic 2017
1. El Fòrum Jove es una herramienta de participación de duración concreta, con vocación de ser periódica, mediante la cual las administraciones públicas y las personas jóvenes dialogan y trabajan conjuntamente para construir las políticas públicas territoriales y sectoriales. 2. Las entidades juveniles y las administraciones públicas impulsarán foros con las personas jóvenes de su ámbito territorial. 3. Los poderes públicos darán apoyo a los procesos de participación y consulta, y velarán para que se rijan por los principios de máxima transparencia, representatividad, eficacia, incidencia e igualdad de oportunidades.
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