Título TÍTULO I
Art. 14
14 / 69En vigor desde 3 dic 2017
El Institut Valencià de la Joventut dispondrá para su funcionamiento de los siguientes recursos:
1. Los bienes y derechos que constituyan su patrimonio y sus productos y rentas.
2. Los recursos que se le asignen con cargo a los presupuestos de la Generalitat.
3. Las consignaciones provenientes de los presupuestos de otras administraciones públicas.
4. Las subvenciones, las aportaciones voluntarias o las donaciones que concedan a su favor personas físicas o jurídicas.
5. Los ingresos ordinarios y extraordinarios obtenidos de sus actividades de gestión y explotación.
6. Cualesquiera otros que se le atribuyan legalmente.
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Proeli/es-vc/l/2017/11/10/15#art-14