Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 10
11 / 198En vigor desde 23 jul 2015
Los órganos judiciales españoles aplicarán a los expedientes y actos de jurisdicción voluntaria respecto de los cuales resultaren competentes, la ley determinada por las normas de la Unión Europea o españolas de Derecho internacional privado.
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Proeli/es/l/2015/07/02/15#art-10