Art. Disposición final octava
Capítulo CAPÍTULO V

Art. Disposición final octava

27 / 27
En vigor desde 1 ene 2012
La presente Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-an/l/2011/12/23/15#disposicion-final-octava