Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 8
8 / 46En vigor desde 15 ene 2012
En el marco de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y de la autonomía universitaria, la Consejería con competencias en materia de educación, en coordinación con los órganos competentes en materia de política de apoyo a emprendedores y pequeñas y medianas empresas, impulsará la cultura de la figura del emprendedor en el ámbito universitario.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-cm/l/2011/12/15/15#art-8