Art. 31
Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO II

Art. 31

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En vigor desde 15 ene 2012
La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha coordinará sus ayudas económicas, con las de otras administraciones públicas, cuya gestión y concesión le corresponda, potenciando la puesta en funcionamiento de un tejido productivo regional económicamente viable, y capaz de fomentar empleo, de acuerdo con los criterios de viabilidad de los proyectos establecidos por el Observatorio Regional de Mercado.
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eli/es-cm/l/2011/12/15/15#art-31