Art. 13
Título TÍTULO II

Art. 13

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En vigor desde 15 ene 2012
Para agilizar la puesta en marcha de las empresas se reducirán las declaraciones ante la administración y las comprobaciones administrativas que puedan considerarse reiterativas. En cualquier caso, se observará el principio de proporcionalidad como derecho de los interesados en la exigencia de requisitos administrativos para el inicio o desarrollo de actividades empresariales.
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eli/es-cm/l/2011/12/15/15#art-13