Art. 10
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO II

Art. 10

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En vigor desde 4 ene 2011
1. Se crea el Registro de empresas socialmente responsables de Extremadura, que dependerá de la Consejería competente en materia de trabajo. 2. El Registro gozará de carácter público, y en él se inscribirán las empresas que hayan obtenido la calificación de «Empresa socialmente responsable de la Comunidad Autónoma de Extremadura», así como la revocación de las calificaciones concedidas.
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