Art. 3
Capítulo CAPÍTULO I

Art. 3

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En vigor desde 11 dic 2010
Los principios generales que inspiran esta ley son: 1. Garantizar el ejercicio efectivo de la función docente del profesorado. 2. La promoción de la convivencia en los centros docentes. 3. La autonomía del profesorado en el desarrollo educativo del alumnado, sin más limitaciones que aquellas que se deriven de su relación jurídica con el centro, cargos directivos o funciones docentes que desempeñen. 4. La participación del profesorado en la elaboración, control del cumplimiento y evaluación de las normas de convivencia del centro y en las normas de aula. 5. El reconocimiento, respeto, ejercicio correcto y efectiva garantía de los derechos y deberes de todos los miembros de la comunidad educativa. 6. El impulso por parte de la administración educativa de los mecanismos necesarios para facilitar la función del profesorado y su reconocimiento y prestigio social.
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