Art. 28
Capítulo CAPÍTULO IV

Art. 28

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En vigor desde 19 ago 2009
Se crea el Registro de Servicios de Mediación Ciudadana para facilitar el acceso de los usuarios al servicio de mediación. La estructura y gestión de este registro deben establecerse reglamentariamente.
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eli/es-ct/l/2009/07/22/15#art-28