Capítulo CAPÍTULO V
Art. 63
64 / 96En vigor desde 12 feb 2010
El régimen de responsabilidad previsto en este capítulo será aplicable a toda acción que persiga una indemnización por daños y perjuicios derivados del transporte, con independencia de cuál sea el procedimiento a través del que se ejercite o su fundamento contractual o extracontractual, tanto si se hace valer frente al porteador como si se dirige contra sus auxiliares.
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Proeli/es/l/2009/11/11/15#art-63