Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 23
23 / 50En vigor desde 11 mar 2009
Las personas inmigrantes que se encuentren en la Comunitat Valenciana tienen derecho a la asistencia sanitaria, que les proporcionará el Sistema Sanitario Público de la Comunitat Valenciana, en los términos establecidos en la Ley de Aseguramiento Sanitario del Sistema Sanitario Público de la Comunitat Valenciana, y en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-vc/l/2008/12/05/15#art-23