Art. Disposición derogatoria
9 / 10En vigor desde 30 dic 2008
Quedan derogados los artículos 30, 31 y 40 de la Ley 2/1993, de 19 de febrero, de Cuerpos Docentes de la Enseñanza no Universitaria de la Comunidad Autónoma del País Vasco, así como las referencias a la condición de catedrático del capítulo IV del título III de la misma ley, su disposición adicional cuarta, las referencias a los servicios de la Inspección de Educación que aparecen en su disposición adicional decimosexta y en su disposición transitoria séptima, el apartado 3 de la disposición adicional decimotercera de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, y, en general, todas aquellas disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a lo establecido en la presente ley.
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Proeli/es-pv/l/2008/12/19/15#disposicion-derogatoria