Art. Disposición transitoria primera
Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición transitoria primera

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En vigor desde 29 oct 2006
En el plazo máximo de un año a partir de la entrada en vigor de esta ley, se constituirán la Junta Interinsular de Archivos y la Comisión Técnica Interinsular de Archivos.
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