Título TÍTULO VII›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 26
26 / 35En vigor desde 20 ene 2006
Son responsables de las infracciones tipificadas en la presente Ley las personas físicas o jurídicas que, por acción u omisión, las realicen, aun a título de simple inobservancia.
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Proeli/es-an/l/2005/12/22/15#art-26