Art. Disposiciones final segunda
Título TÍTULO VI

Art. Disposiciones final segunda

26 / 26
En vigor desde 7 may 2003
La presente Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial de Canarias».
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-cn/l/2003/04/08/15#disposiciones-final-segunda