Título TÍTULO VIII›Capítulo CAPÍTULO II
Art. Disposición final tercera
76 / 77En vigor desde 24 ago 2002
Se faculta al Consejo de Gobierno para que en el plazo de nueve meses desarrolle reglamentariamente lo dispuesto en esta Ley.
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Proeli/es-cm/l/2002/07/11/15#disposicion-final-tercera