Art. 1
Título TÍTULO I

Art. 1

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En vigor desde 24 ago 2002
La presente Ley tiene por objeto: a) La ordenación general, en el marco de las competencias que estatutariamente corresponden a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, del conjunto de actuaciones e iniciativas de las entidades públicas y privadas destinadas a la prevención de las drogodependencias y otros trastornos adictivos, de las personas drogodependientes, a la formación, investigación, información y evaluación, así como las actuaciones tendentes a la protección de terceras personas, ajenas al consumo de drogas y que, por esta causa, pudieran verse afectadas. b) La regulación general de las funciones y competencias de la materia de las Administraciones Públicas, entidades privadas e instituciones, como marco de referencia para la necesaria cooperación y coordinación en materia de drogodependencias. c) La configuración de los instrumentos de planificación, coordinación y participación.
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eli/es-cm/l/2002/07/11/15#art-1