Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO VII
Art. 29
29 / 50En vigor desde 1 ene 2002
Sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos anteriores sobre procedimiento administrativo, recursos y régimen sancionador, serán aplicables al respecto, las disposiciones contenidas en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, referidas a disposiciones generales sobre los procedimientos administrativos, revisión de los actos en vía administrativa y potestad sancionadora.
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Proeli/es-md/l/2001/12/27/15#art-29