Art. 47
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO I

Art. 47

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En vigor desde 23 ene 2002
La ordenación territorial se establece, en el marco de esta Ley, mediante los siguientes instrumentos: a) Las Directrices de Ordenación Territorial. b) Los Planes Territoriales. c) Los Proyectos de Interés Regional.
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