Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 81
95 / 151En vigor desde 29 dic 1999
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley 31/1985, de 2 de agosto, la Comisión de Control tiene por objeto cuidar de que la gestión de los órganos de Administración se cumpla con la máxima eficacia y precisión dentro de las líneas generales de actuación señaladas por la Asamblea General y conforme a las directrices emanadas de la normativa financiera.
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Proeli/es-an/l/1999/12/16/15#art-81