Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 19
19 / 41En vigor desde 12 jul 2008
El procedimiento para la realización de las comunicaciones en materia de actividades feriales se establecerá reglamentariamente.
Se modifica por el .4 de la Ley 1/2008, de 26 de junio. Ref. BOE-A-2008-15147#aprimero .
Tus anotaciones
Proeli/es-md/l/1997/06/25/15#art-19