Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 26
27 / 79En vigor desde 12 ene 1995
A los efectos de esta Ley se consideran clubes deportivos las asociaciones privadas, integradas por personas físicas o jurídicas que tengan por objeto la promoción de una o varias modalidades deportivas, la práctica deportiva de las mismas por sus asociados, así como la participación en actividades y competiciones deportivas.
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Proeli/es-md/l/1994/12/28/15#art-26