Art. Disposición final primera
13 / 18En vigor desde 19 abr 1984
En tanto los órganos de la Generalidad no hagan uso de las facultades reglamentarias que les otorga la presente Ley, se aplicarán las disposiciones generales de la Administración del Estado.
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Proeli/es-ct/l/1984/03/20/15#disposicion-final-primera