Art. Disposición final tercera

Art. Disposición final tercera

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En vigor desde 15 may 1980
En el ejercicio durante el cual entre en vigor esta Ley se procederá a las oportunas transferencias de créditos. En los ejercicios sucesivos, los créditos serán adscritos directamente al presupuesto del Consejo de Seguridad Nuclear.
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eli/es/l/1980/04/22/15#disposicion-final-tercera