Art. Disposición final segunda
4 / 5En vigor desde 29 jul 2022
La presente ley se dicta al amparo de lo dispuesto en los artículos 149.1.1.ª, 149.1.13.ª y 149.1.18.ª de la Constitución, salvo la disposición final primera, que se dicta en virtud de la competencia que el artículo 149.1.14.ª de la Constitución Española atribuye al Estado en materia de Hacienda general.
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Proeli/es/l/2022/07/08/14#disposicion-final-segunda