Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 28
28 / 78En vigor desde 28 dic 2022
1. La Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja incorporará la evaluación del impacto de todas las políticas públicas dirigidas a las personas jóvenes que impulse el desarrollo de sus competencias estatutarias para garantizar así la efectiva aplicación de las mismas.
2. Corresponde a la consejería competente en materia de juventud la evaluación general del impacto en las políticas públicas dirigidas a las personas jóvenes que desarrollen las distintas consejerías en la forma prevista reglamentariamente, asegurando la participación de los órganos y entidades de representación de las personas jóvenes.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ri/l/2022/12/23/14#art-28