Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 56
56 / 171En vigor desde 29 mar 2023
La renta máxima garantizada tendrá idénticos valor y componentes a los establecidos en los artículos 32, 33 y 34.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-pv/l/2022/12/22/14#art-56