Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección 1.ª Ámbito de aplicación y fines de la ordenación territorial
Art. 1
1 / 32En vigor desde 14 may 2019
La presente ley tiene por objeto regular la ordenación territorial de la actividad turística en las islas de El Hierro, La Gomera y La Palma.
En todo lo no previsto en la presente ley y en sus disposiciones de desarrollo, será de aplicación supletoria la legislación del suelo y de los espacios naturales protegidos y la legislación sectorial general de ordenación de la actividad turística de Canarias.
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Proeli/es-cn/l/2019/04/25/14#art-1