Art. Disposición adicional segunda
Título TÍTULO IV

Art. Disposición adicional segunda

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En vigor desde 22 feb 2019
El Gobierno de Aragón prestará el apoyo necesario en las iniciativas de exhumación de las víctimas aragonesas que fueron inhumadas clandestina e ilegalmente, sin autorización y en muchos casos sin conocimiento de sus familias, en los columbarios, criptas y mausoleo del Valle de los Caídos.
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