Título TÍTULO VI
Art. Disposición transitoria primera
77 / 82En vigor desde 13 dic 2017
1. Hasta la puesta en marcha y funcionamiento del Instituto Valenciano de la Memoria Democrática, los Derechos Humanos y las Libertades Públicas, las distintas funciones atribuidas en esta ley al citado instituto se seguirán ejerciendo por las entidades y órganos que las viniesen desempeñando.
2. Los estatutos del Instituto Valenciano de la Memoria Democrática, los Derechos Humanos y las Libertades Públicas precisarán las modificaciones que comporta su aprobación en los reglamentos orgánicos y funcionales de las consellerias afectadas por la asunción de competencias de aquel, detallando los preceptos concretos de sus reglamentos orgánicos y funcionales que quedarán modificados o derogados.
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Proeli/es-vc/l/2017/11/10/14#disposicion-transitoria-primera