Art. 1
1 / 8En vigor desde 2 nov 2016
1. El objeto de esta ley es regular una ayuda social complementaria a la otorgada por la Administración General del Estado dirigida a las personas afectadas de hemofilia u otras coagulopatías congénitas, contaminadas por virus de la hepatitis C (VHC) como consecuencia de haber recibido tratamientos con concentrados de factores de coagulación en el ámbito del sistema sanitario público de las Illes Balears.
2. Las personas beneficiarias percibirán una ayuda por importe de 12.020,24 euros, por una sola vez, a tanto alzado, sin perjuicio de que su abono pueda hacerse de forma fraccionada.
3. Esta ayuda no tiene naturaleza de subvención.
4. Estas ayudas son compatibles y complementarias con las que pudieran otorgarse o haberse otorgado por la Administración del Estado al amparo de la Ley 14/2002, de 5 de junio, por la que se establecen ayudas sociales a las personas con hemofilia u otras coagulopatías congénitas que hayan desarrollado la hepatitis C como consecuencia de haber recibido un tratamiento con concentrados de factores de coagulación en el ámbito del sistema sanitario público, y otras normas tributarias.
5. Estas ayudas no son compatibles con las que pudiera haber obtenido la persona beneficiaria por el mismo concepto en otra comunidad autónoma.
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Proeli/es-ib/l/2016/10/26/14#art-1