Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO V
Art. 29
29 / 90En vigor desde 4 may 2015
El catálogo del Sistema Público de Servicios Sociales establecerá, para cada una de las prestaciones sociales que ofrece cada nivel de atención, al menos los siguientes elementos:
a) Naturaleza, denominación y definición.
b) Tipo de prestación: garantizada o no garantizada.
c) Población destinataria.
d) Requisitos y procedimiento de acceso.
e) Plazo de concesión, cuando proceda.
f) Participación de las personas usuarias en la financiación, cuando proceda.
g) Causas de suspensión y extinción, cuando proceda.
h) Administración Pública a quién compete su prestación de conformidad con la legislación sectorial correspondiente.
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Proeli/es-ex/l/2015/04/09/14#art-29