Art. Disposición final cuarta
Título TÍTULO VI

Art. Disposición final cuarta

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En vigor desde 1 ene 2016
Antes del 31 de diciembre de 2017, la persona titular de la consejería competente en materia de hacienda y presupuestos tiene que aprobar, mediante una resolución y a propuesta de la Intervención General de la comunidad autónoma, un nuevo plan general de contabilidad pública de la comunidad autónoma, que debe adaptarse al Plan General de Contabilidad Pública aprobado por la Orden EHA/1037/2010, de 13 de abril. Se modifica por la disposición final 3.1 de la Ley 12/2015, de 29 de diciembre. Ref. BOE-A-2016-824

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eli/es-ib/l/2014/12/29/14#disposicion-final-cuarta