Art. Disposición final sexta
Título TÍTULO XCapítulo CAPÍTULO VI

Art. Disposición final sexta

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En vigor desde 25 sept 2014
Esta Ley se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.6.ª y 20.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva sobre legislación mercantil, procesal y de marina mercante.
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