Art. 84
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 2.ª De la documentación de los buques nacionales

Art. 84

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En vigor desde 25 sept 2014
En el Cuaderno de Máquinas se anotarán el régimen de marcha, el de mantenimiento, las averías, reparaciones y, en general, cuantas vicisitudes se refieran al funcionamiento de las máquinas y demás elementos e instalaciones de la competencia del departamento de máquinas.
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