Art. 503
Título TÍTULO XCapítulo CAPÍTULO I

Art. 503

503 / 549
En vigor desde 25 sept 2014
Los gastos ocasionados en los expedientes regulados en este título serán a cargo del solicitante. Los gastos ocasionados por peritos serán a cargo de quien los proponga.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/l/2014/07/24/14#art-503