Art. 466
Título TÍTULO VIIICapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 3.ª Del seguro de responsabilidad civil

Art. 466

466 / 549
En vigor desde 25 sept 2014
El asegurador responde como máximo hasta el límite de la suma asegurada por cada uno de los hechos que originen su responsabilidad ocurridos durante la vigencia del contrato.
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eli/es/l/2014/07/24/14#art-466