Título TÍTULO VIII›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 1.ª De los intereses asegurados
Art. 411
411 / 549En vigor desde 25 sept 2014
1. El seguro del flete comprende el precio por el transporte de mercancías o pasajeros, tanto en curso de realización como esperado. Incluye también el beneficio que se deriva para el porteador del transporte de sus propias mercancías.
2. El valor asegurable del flete viene dado por su importe bruto.
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Proeli/es/l/2014/07/24/14#art-411