Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO V
Art. 384
384 / 549En vigor desde 25 sept 2014
Se regirá por lo dispuesto en este capítulo la responsabilidad civil derivada de daños por contaminación sufridos en las costas y los espacios marítimos españoles, que proceda de buques, embarcaciones, artefactos navales y plataformas fijas, dondequiera que estos se encuentren.
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Proeli/es/l/2014/07/24/14#art-384