Art. 247
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO IISecc. Subsección 1.ª Del conocimiento de embarque en soporte papel

Art. 247

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En vigor desde 25 sept 2014
Si el cargador lo solicitara en el momento de la entrega de las mercancías, deberán entregarse dos o más ejemplares originales del conocimiento de embarque. En ese caso en cada conocimiento se hará constar el número de ejemplares originales que se entreguen.
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