Art. Disposición adicional decimosexta
Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO VI

Art. Disposición adicional decimosexta

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En vigor desde 29 sept 2013
En el plazo de 4 meses desde la aprobación de la presente Ley el Gobierno procederá a realizar un estudio de la naturaleza de la relación jurídica y, en su caso, encuadramiento en el campo de aplicación de la Seguridad Social de la actividad desarrollada en clubs y entidades deportivas sin ánimo de lucro que pueda considerarse marginal y no constitutivo de medio fundamental de vida.
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