Art. 52
Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO II

Art. 52

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En vigor desde 29 sept 2013
1. Constituyen instrumentos comerciales especializados de apoyo a la internacionalización de la economía y la empresa: a) En el ámbito de la Administración General del Estado, los siguientes: i) La Red Exterior, integrada en las Misiones Diplomáticas o las Representaciones Permanentes, y la Red Territorial, dependientes ambas del Ministerio de Economía y Competitividad. ii) La entidad pública empresarial ICEX España Exportación e Inversiones (ICEX), creada por el Real Decreto-ley 4/2011, de 8 de abril. b) Las Cámaras de Comercio Españolas en el Extranjero, cuando se reconozcan oficialmente, apoyarán, asimismo, la internacionalización de la economía y la empresa españolas. 2. El Servicio Exterior del Estado contribuirá al apoyo de las empresas en el exterior.
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