Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición final octava
75 / 82En vigor desde 16 feb 2014
Se modifica el artículo 56.2 de la Ley 6/2012, de 19 de junio, de juventud de Galicia, que queda redactado como sigue:
«2. La Asamblea General podrá delegar las atribuciones señaladas en las letras c), d) y h) del apartado anterior en el Observatorio Gallego de la Juventud, sin perjuicio de la necesaria ratificación de la Asamblea General de las admisiones y exclusiones, que serán provisionales hasta que se produzca ésta.»
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Proeli/es-ga/l/2013/12/26/14#disposicion-final-octava