Art. Disposición final novena
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición final novena

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En vigor desde 16 feb 2014
Se añade una disposición adicional, que queda redactada como sigue: «Disposición adicional decimocuarta. Declaración de utilidad pública. A efectos de lo previsto en el artículo 9 de la Ley de expropiación forzosa, se declaran de utilidad pública las obras necesarias para la construcción y rehabilitación de los edificios administrativos, tal y como se definen en el artículo 96 de la presente ley, que dependan de la Comunidad Autónoma en su ámbito territorial.»
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