Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 21
21 / 82En vigor desde 16 feb 2014
1. La Comunidad Autónoma fomentará el uso de medios electrónicos en la contratación pública como medida de simplificación procedimental y racionalización administrativa.
2. La presentación de ofertas por medios telemáticos será obligatoria en los procedimientos de contratación que se tramiten por medios electrónicos cuando así se establezca en los pliegos.
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Proeli/es-ga/l/2013/12/26/14#art-21