Art. 56
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO IVSecc. Sección 1.ª Disposiciones generales

Art. 56

57 / 97
En vigor desde 1 ene 2013
Se crea el Instituto de Turismo de la Región de Murcia, en adelante el Instituto, como una entidad pública empresarial dependiente de la Administración General de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, con personalidad jurídica propia y plena capacidad pública y privada. El Instituto queda adscrito a la consejería competente en materia de turismo.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-mc/l/2012/12/27/14#art-56