Art. 30 bis
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 2.ª Competencias y funciones

Art. 30 bis

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En vigor desde 1 ene 2019
Mediante orden del titular de la consejería competente en materia de hacienda, se creará la sede electrónica de la Agencia Tributaria de la Región de Murcia, así como el Registro Electrónico Tributario. Se añade por la disposición final 4.4 de la Ley 14/2018, de 26 de diciembre. Ref. BOE-A-2019-2039

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eli/es-mc/l/2012/12/27/14#art-30-bis